AdminLTELogo

Importaciónes y exportaciónes

1. Importación y Exportación Menor con Declaración de Oficio:

* Requisitos
1. En el caso de importación, presenta factura o listado de las mercancías y los permisos no arancelarios que correspondan. Ver el siguiente link para referencia: Catálogo de Permisos No Arancelarios
2. En el caso de la exportación, debes presentar la factura comercial y los permisos no arancelarios de acuerdo al tipo de mercancías. En el siguiente vinculo puedes consultar el Catálogo de Permisos No Arancelarios: Catálogo de Permisos No Arancelarios, o bien consulta el Arancel Integrado , o la Declaración para el Registro y Control de Exportación. (DEPREX)

** Proceso a seguir:
- Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o saliste del país.
- Obtendras la Declaración de oficio firmada y sellada.

*** Casos especiales
1. El valor en Aduana de las mercancías debe ser inferior o igual a los $CA 1,000.00 (Equivalente a USD$ 1,000.00)
2. Podrás gozar de exención del pago de tributos cuando el valor en aduana de las mercancías no exceda $CA 500.00 (Equivalente a USD$ 500.00) siempre y cuando no hayas gozado de la misma dentro de los 6 meses anteriores y hayas permanecido fuera del país con un mínimo de 72 horas.
3. Si excedes los $CA 500.00 (Equivalente a USD$ 500.00) o ya gozaste de la exención deberás pagar los tributos que determine la Autoridad Aduanera por medio del formulario SAT-8560 disponible en Declaraguate.
4. Si el valor en aduana excede de los $CA 1,000.00 (Equivalente a USD$ 1,000.00) o las mercancías independientemente de su valor son para efectos comerciales, deberás dirigirte con un Agente Aduanero autorizado por la SAT, para que te transmita una Declaración de Mercancías.
5. Cancela los tributos en el caso que corresponda.

2. Declaración de presentación de mercancías (DUA / FAUCA / DUT) para el proceso de análisis de riesgos:

1. Requisitos
Agentes de Aduanas, Asistente de Agente de Aduanas autorizado por SAT, Importador, Exportador, Representante Legal o Agente, y Transportista de Aduanas
1. Envíe la Declaración de mercancías o el Certificado de autorización de la liberación de las Mercancías en la ventana de recepción de documentos o en el área habilitada para tal fin.
2. Además de la presentación de la Declaración o QR, la parte interesada debe colocar a la vista del inspector el medio de transporte para acelerar el proceso de envío. Siempre que la infraestructura aduanera lo permita. Regulación 13 de PR-IAD-DNO-DE-01.
3. En el caso de la presentación de la Declaración de mercancías, debe adjuntar la documentación de respaldo de conformidad con el artículo 321 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano RECAUCA.
4. En el caso de la modalidad de Documentos digitalizados, no se envía la documentación adjunta, debe cargar todo al sistema SAQB’E.

2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o saliste del país.
Obtendrás Su Declaración de mercancías certificada con el resultado del proceso de análisis de riesgos impreso en la Declaración de mercancías o en la certificación de Autorización de liberación. Los resultados pueden ser: Liberación inmediata (sin inspección realizada) (Verde selectivo); o verificación inmediata (rojo selectivo)

3. Casos especiales
1. Si el resultado se “libera sin inspección” (verde selectivo), debe ir al Módulo de confirmación para retirar los productos de la Aduana. 2. Si el resultado es “Verificación inmediata” (rojo selectivo), debe dirigirse al Área de inspección (una rampa designada por la aduana) y cumplir con los documentos correspondientes según el tipo de Despacho (con documentos / sin documentos).
3. La presentación de la documentación física no se aplica a la declaración bajo el sistema de aduanas sin documentos tales como: 23ID, 151MA, 151LX, 152MI, 152PI, 156IX, 156IE, 153NP, 155NE, 157PE, 157LR, 157MF, 157MS, ya que se digitaliza y se envía al sistema SAT.

3. Confirmación de Declaraciones de Mercancías:

1. Requisitos
Transportista o Piloto Autorizado, Exportador, Importador, Agente Aduanero o Asistente del Agente Aduanero autorizado por la SAT Presenta los ejemplares de la Declaración Aduanera de Mercancías. (Transportista, Aduana, Contraloría, si fuera selectivo verde levante sin revisión y si fuese selectivo rojo debes presentar ejemplar de transportista).
2. Si la modalidad de la Aduana fuese documentos digitalizados o electrónicos, únicamente debes presentar la constancia de autorización del levante de mercancías (QR).
3. En ambos casos los ejemplares respectivos deben certificarse. Norma 22 del PR-IAD/DNO-DE-01.
4. El formulario de Admisión Temporal de contenedor (ATC) No. SAT-8349 firmado y sellado en una Aduana de salida del Territorio Nacional, para que el personal de la Aduana verifique que efectivamente se realizó el registro de inicio de ATC en la aplicación de ingreso y salida de equipos de carga disponible en el sistema SAQB´E (No aplica en Aduanas Aéreas). Norma 28 PR-IAD/DNO-DE-01.
2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o saliste del país.
• Obtendras la declaración de mercancías o constancia de autorización del levante de mercancías certificada por el personal de la SAT. • El formulario de Admisión Temporal de Contenedores (ATC) original.
3. Casos especiales
1. Si es un tránsito, finaliza el mismo en la aduana de destino en el plazo que se te haya asignado.
2. Observancia a los plazos para Admisión Temporal de Equipos de carga según procedimiento (PR-IAD/DNO-CA03).
3. Se realiza a la salida de la Aduana presentando el medio de transporte en el área asignada para el efecto.
4. Si el dato de transporte no coincide con lo declarado, debes subsanar las inconsistencias, caso contrario el medio de transporte será retenido.

4. Recepción de Documentos de Parcialidades:

- REQUISITOS
Agente Aduanero, Asitente del Agente Aduanero autorizado por la SAT, importador, Exportador, Representante Legal o Mandatario, Transportista Aduanero.
1. Presenta la solicitud de autorización de despacho por parcialidades ante la Administración de la Aduana donde se ejecute el proceso, la cual debe contener lo indicado (ver casos especiales).
2. Solicitud de despacho en original (carta de solicitud con la descripción de las parcialidades).
3. Fotocopia de la Declaración donde se derivan las parcialidades.
4. Fotocopia del documento de transporte y factura comercial.
5. Fotocopia del documento relacionado con requisitos no arancelarios.
6. Para el control de salida debes presentar la documentación indicada anteriormente y las hojas de descargo parcial debidamente llenos, firmados y sellados por el Administrador de la Aduana si la mercancía se transporta en medios cerrados, si no se transporta en medios cerrados será obligatoria la autorización de la primera parcialidad y la Autoridad Aduanera indicará si es necesario autorizar todas las parcialidades previas al retiro de las mercancías.

2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o saliste del país.

3. Obtendras
• La solicitud de despacho por parcialidades autorizada para el efecto en importación y exportación.
• La hoja de descargo parcial autorizada, cuando tu medio de transporte sea cerrado.
• Si las mercancías no son transportadas en medios cerrados será obligatoria la autorización de la primera parcialidad y la Autoridad Aduanera indicará si es necesario autorizar todas las parcialidades.
• Se te entrega tu Declaración de Mercancías certificada con autorización de salida de la mercancía.

4. Casos especiales
1. Presenta la solicitud de Autorización de Despacho por Parcialidades ante la Administración de la Aduana donde se ejecute el proceso, la cual debe contener lo siguiente:
• Nombre y firma del exportador o importador, Agente Aduanero o Representante Legal de la empresa.
• Número de Declaración de Mercancías.
• Cantidad y tipo de mercancías.
• Número de documento de transporte.
• Número o identificación de los contenedores o equipos (cuando corresponda).
• Número de descargos parciales (número de viajes que se harán).
• Fecha y hora de inicio de la operación de despacho, así como el tiempo aproximado que durará toda la operación de despacho. Procedimiento Norma 8 PR-IAD/DNO-DE-20.
2. Para el inicio de las salidas parciales es necesario que presentes junto con el medio de transporte la Declaración Provisional o Normal debidamente autorizada para iniciar la primera parcialidad.
3. Presenta la Declaración de Mercancías complementaria clase 37 en un plazo de 3 días siguientes de haber efectuado el embarque de las mercancías, si tu Declaración Aduanera precedente fue una Declaración Aduanera Simplificada clase 11.
4. Y en un plazo de 5 días, si tu Declaración Aduanera precedente fue una clase 54.
5. Paga los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otros cuando corresponda.

5. Rescate de Mercancías Caídas en Abandono:

1. Requisitos
Agente Aduanero, Representante Legal, Propietario, Mandatario.
1. Presenta un escrito de solicitud de rescate en la Administración de la Aduana.
2. Autorizada la solicitud de rescate, presenta la Declaración de Mercancías y el comprobante de pago de las cantidades adeudadas.
3. Presenta permisos no arancelarios dependiendo del tipo de mercancías, en el siguiente vínculo puede consultar el catálogo de permisos no arancelarios: Catalogo de Permisos Arancelarios, o bien consultar el Arancel Integrado.
2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o saliste del país.
3. Obtendrás
• Tú Providencia en original debidamente firmada y sellada por el Administrador de Aduana en la cual autoriza el rescate de la mercancía o el equipo (contenedor).
4. Casos especiales
1. La solicitud de rescate la debes realizar a mas tardar el día hábil anterior a la fecha de celebración de la Subasta de Mercancías.
2. Para mayor información consulta el Procedimiento para el Rescate y Subasta de Mercancías (PR-IAD/DNO-PE-06).
3. Paga tus tributos y otras cantidades adeudadas como almacenaje.
4. Cumple con permisos No Arancelario dependiendo el tipo de mercancías, en el siguiente vinculo puedes consultar el catálogo de permisos no arancelario: Catalago de Permisos Arancelarios o bien consulta el Arancel Integrado en: https://portal.sat.gob.gt/portal/arancel-integrado/.

6. Autorización de Cartas de Ingreso a Zona Primaria:

1. Requisitos
Consignatario, Representante Legal, Agente Aduanero o Apoderado Especial Aduanero, Desconsolidador o Empresa de Entrega rápida o Courier.
1. Presenta una solicitud detallada de las herramientas o maquinaria a ingresar en original y copia. Tu solicitud debe indicar qué actividad realizaras con las herramientas o maquinaria, área y el plazo que permanecerás realizando el trabajo. (fechas específicas).
2. Adjunta a la solicitud documentación de soporte que ampare las herramientas o maquinaria a ingresar. (Ver “Casos especiales).

2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste o salistes del país.

3. Obtendrás
• Si corresponde al ingreso de herramientas, se devuelve la copia de la solicitud con sello de autorización.
• Si corresponde a maquinaria, la Administración de Aduana elabora una providencia que autoriza el ingreso.

4. Casos especiales
1. Adjunta a la solicitud documentación de soporte que ampare las herramientas o maquinaria a ingresar siguiente:
• Factura u otro documento que ampare la propiedad de las herramientas o maquinaria.
• Declaración Aduanera.
• Documento de Identificación Personal (DPI).
• Si la persona que ingresa las herramientas o maquinaria es extranjera, debe presentar Pasaporte.
• Cualquier documento que sirva para identificar las herramientas o maquinaria a ingresar a la zona primaria.
2. El personal asignado en los Módulos de ingreso o egreso de la Aduana verificará que las herramientas o maquinaria sea la autorizada.
3. En la solicitud, el interesado debe responsabilizarse de retirar las mismas herramientas o maquinaria de la zona primaria que le fue autorizada al momento del ingreso.
4. Velar que las herramientas o maquinaria que ingresan al recinto aduanero sean las mismas que egresan, en caso de que el personal de la Aduana detecte cualquier anomalía respecto a las herramientas o maquinaria que están retirando de la zona primaria de la Aduana, las mismas serán retenidas y deberán responder por el pago de tributos y por las responsabilidades penales que correspondan en caso se presuma de un caso especial de defraudación o contrabando aduaneros.

7. Solicitud de Certificado de Ensayo para Análisis Merceológico:

1. Requisitos
Representante Legal, Propietario, Mandatario o Agente Aduanero.
1. Dirige una carta de solicitud a la Intendencia de Aduanas/Laboratorio Químico Fiscal, la cual debe incluir lo indicado en “Casos especiales” en la parte de abajo de esta página.
2. Ficha Técnica de la mercancía con especificaciones, composición (para preparaciones o productos mezclados es necesario presentar la composición en porcentajes cuando aplique), uso y presentación, catálogos y manuales relacionados con la mercancía.
3. Realiza tú pago por medio del formulario SAT-8028 disponible en Declaraguate.
El costo de cada análisis es de Q. 500.00
Los pagos deben realizarse de forma individual (un recibo por muestra).

2. Proceso a seguir.
1. Presenta tu solicitud ante el Laboratorio Químico Fiscal.
3. Obtendrás.
• Certificado de Ensayo de la muestra presentada.
• Opinión Técnica Merceológica (cuando no hay muestra).
• Dictamen de Clasificación Arancelaria (para ambos casos).

4. Casos especiales
1. Al momento de realizar tu importación deberás pagar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e Impuesto al Valor Agregado (IVA).
2. La carta de solicitud dirigida a la Intendencia de Aduanas/Laboratorio Químico Fiscal debe incluir:
• Nombre y apellidos completos del solicitante.
• Nombre de la empresa o importador.
• Nombre comercial de la empresa importadora.
• Si actúas a través de tu Agente Aduanero o tu Representante Legal deberás indicar sus datos generales como su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio.
• Señalar el lugar para recibir notificaciones.
• Cuando actúes en representación deberás adjuntar la acreditación de tu Personería o tu Representación Legal.
• Número de Identificación Tributaria (NIT).
• Domicilio Fiscal del contribuyente.
• Número de teléfono o fax.
• Correo electrónico.
• Realiza en la solicitud una relación de los hechos a que se refiere tu petición indicando el nombre de la mercancía a importar con las especificaciones proporcionadas por el fabricante o proveedor (no se aceptan hojas técnicas de seguridad). Artículo 122 del Código Tributario.
• Adjunta la muestra representativa del producto, la cantidad y dimensión o volumen de la muestra que debes presentar. Podrás tomar como referencia el listado ubicado en el Procedimiento para la Extracción de Muestras PR-IAD/DNO-DE-04.

8. Autorización de Lista de Embarque:

1. Requisitos
Agente Aduanero, Transportista o Exportador.
1. Nombre del buque y número de viaje.
2. Nombre de la naviera.
3. Fecha de presentación.
4. Número de la Declaración de Mercancías.
5. Número de contenedor, peso, cantidad de bultos, marchamo y descripción de mercancía.
6. Número de Declaración para el Registro y Control de Exportaciones (DEPREX) o Permiso de Embarque emitido por ANACAFÉ.

2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde ingresaste. 3. Obtendras.
Una lista de embarque en original debidamente firmada y sellada por el funcionario de SAT.

4. Casos especiales
1. Debes presentar 2 listados en original.
2. Presenta la mercancía para ser embarcada.

9. Selectivo de Declaraciones de Exportación:

1. Requisitos
Transportista, Agente Aduanero, Asistente del Agente Aduanero autorizado por la SAT, Representante Legal, Propietario o Mandatario
Presenta la Declaración de Mercancías de Exportación en el Módulo de Ingreso al Recinto Aduanero o en la Zona Primaria:
• Debes someterla al sistema de análisis de riesgo.
• Debe estar presente el medio de transporte que lleva la mercancía.
• Debes adjuntar las licencias DEPREX o Licencia de ANACAFÉ.

2. Proceso a seguir
1. Preséntate a la Aduana por donde saliste.

3. Obtendrás
• Tu Declaración de Mercancías Certificada con el resultado del proceso de análisis de riesgo impreso en todos los ejemplares de la declaración. • El resultado puede ser:
• Levante inmediato (No se realiza revisión) selectivo verde;
• Verificación inmediata (se realiza revisión) selectivo rojo.

4.Casos especiales
1. Te debes presentar en la Ventanilla de procesamiento del selectivo u otra área habilitada para el efecto.
2. No será necesario que presentes el medio de transporte en el área de procesamiento de selectivo, en los casos que por el tipo de infraestructura de la Aduana no sea posible realizarlo.
3. Debes responder por las obligaciones tributarias y penales en caso la mercancía no sea exportada o no corresponda con lo declarado.

10. Presentación y Análisis de Declaración Complementarias de Exportación:

1. Requisitos
Agente Aduanero, Exportador (Representante Legal, Propietario o Mandatario), Asistente del Agente Aduanero autorizado por la SAT.
2. Si está relacionada con una Declaración Simplificada, debes perfeccionar la exportación con una Declaración complementaria presentándola ante la Aduana de salida en el plazo de 3 días a partir de efectuado el embarque. (Artículo 372 de RECAUCA).
3. Si está relacionada con una Declaración Provisional, debes perfeccionar la exportación con una Declaración complementaria presentándola ante la Aduana de salida en el plazo de 5 días siguientes a partir de la fecha de finalización de la carga de la mercancía. (Artículo 331 y 332 del RECAUCA)
4. Adjunta a la Declaración Complementaria:
• Factura comercial.
• Declaración para el Registro y Control de Exportación (DEPREX).
• Certificado de ANACAFÉ según corresponda.
• Documento de transporte.
• Para el caso de empresas consolidadas de carga, debes presentar fotocopia del documento de transporte máster.
• En ambos casos; tanto para la Declaración Simplificada como para la Provisional, debes presentar el ejemplar de transportista firmado y sellado por el Funcionario Aduanero que procesó el ingreso al Recinto Aduanero.

2. Pasos a seguir.
1. Preséntate a la Aduana por donde saliste del país.
3. Obtendrás
El Ejemplar de la Declaración de Mercancías del Transportista firmada y sellada.
4. Casos especiales
1. Sanción si se presenta extemporáneamente la Declaración Complementaria de una Declaración Provisional $CA 300.00 (Pesos Centroamericanos equivalen a USD$ 300.00), lo cual no exime al exportador de las consecuencias tributarias y legales que se originen de las actividades fiscalizadoras de la SAT.